Guía de registro CEE · Comunitat Valenciana

Registro del certificado de eficiencia energética en el portal del IVACE, paso a paso

Por Saúl Del Rosario · Revisada el 26 de octubre de 2026

Según los datos abiertos del registro, en la Comunitat Valenciana se registraron unos 109.600 certificados en 2025. El portal pide darse de alta como usuario antes de abrir el primer expediente y, desde el 06/10/2026, solo admite XML versión 3.0 (los anteriores, hasta el 29/10/2026). Esta guía recoge lo que dicen la ficha oficial y la web del registro, y lo que vimos al recorrer el portal el 26/10/2026 con un expediente de prueba que no se presentó.

Datos clave

Trámite oficial
Ficha de la Generalitat (procedimiento 15830); portal de registro del IVACE en sgcee.aven.es[1]
Identificación
Certificado digital (GVA, FNMT, Firma Profesional) o DNIe[1]
Alta previa
Hay que registrarse como usuario (con CAPTCHA) antes de abrir un expediente; el técnico certificador también debe ser usuario registrado[3]
Flujo
Cuatro pestañas: Datos Generales, Agentes, Calificación y Validación[3]
Referencia catastral
20 caracteres con dígitos de control válidos; una sola y no se puede modificar después[3]
XML
Desde el 06/10/2026, XML 3.0; el anterior se acepta hasta el 29/10/2026 (excepto obra terminada)[3]
Tasa (web del registro)
Vivienda 10,19 €; bloque 20,38 € + 3,06 €/vivienda (máx. 407,60 €); terciario 10,19 € + 0,10 €/m² (máx. 509,50 €)[2]
Pago
Al validar el expediente, dentro del portal[2]
Soporte
consultas_gcee@ivace.gva.es[2]

Dónde, quién y cómo se accede

El registro lo gestiona el IVACE. La ficha oficial de la Generalitat (procedimiento 15830) indica que se accede con certificado digital (GVA, FNMT o Firma Profesional) o DNIe. La web pública del registro es gcee.aven.es; el portal donde se abren los expedientes es sgcee.aven.es.

En nuestro recorrido del portal, el acceso pasa por Cl@ve con la opción de certificado electrónico. Al entrar aparece una nota informativa sobre los nuevos Documentos Reconocidos que hay que aceptar con el botón Continuar para llegar al inicio.

Si presenta una persona distinta del propietario (por ejemplo, tú como técnico o una gestoría), la ficha y la web del registro piden la delegación del propietario y su DNI.

Antes del primer expediente: el alta como usuario

Entrar con certificado no basta. En nuestro recorrido, el portal mostró primero la pantalla de alta de usuario: NIF, nombre y apellidos del certificado, correo de notificación obligatorio, un CAPTCHA de imagen y la casilla de condiciones. El CAPTCHA aparece solo en el alta, una vez por persona; no vimos ninguno en los pasos posteriores.

El alta no pidió acreditar que fueras técnico. Pero el portal sí exige que el técnico certificador del expediente sea un usuario ya registrado. Si escribes el NIF y el primer apellido de un técnico que nunca ha entrado con su certificado, el portal responde con un aviso de no registrado: o no ha accedido al sistema con su certificado digital, o hay un error en el NIF o en el primer apellido.

Consecuencia práctica: si registras certificados de otros técnicos, ellos deben darse de alta antes de que tú los asignes.

Pasos del expediente

  • Nuevo expediente: eliges tipo de edificio (nueva construcción, existente o reformas y ampliaciones), uso del edificio y escribes la referencia catastral. Con Registrar Expediente se crea el borrador.
  • Pestaña 1, Datos Generales: nombre, dirección, código postal, provincia y localidad del edificio, y los datos del propietario (NIF/NIE, nombre, apellidos, dirección, código postal, localidad, provincia y teléfono; el correo es opcional). Cada bloque tiene su propio botón Guardar.
  • Pestaña 2, Agentes: el gestor es el usuario con el que has entrado. Indicas si el gestor es el propietario; si no lo es, hay que cargar el archivo de delegación del propietario. Después, el técnico certificador (NIF y primer apellido), cuyos datos se rellenan desde su perfil en el portal. Admite hasta 3 documentos generales.
  • Pestaña 3, Calificación: huecos para el informe en XML, los datos complementarios (número de viviendas o locales, referencias catastrales) y el certificado en PDF firmado. La pestaña solo se puede editar cuando las pestañas 1 y 2 están completas.
  • Pestaña 4, Validación: lista de incidencias pendientes y, cuando no quedan, el botón Validar Expediente. Según la web del registro, ahí se paga la tasa y se cierra el expediente.

Qué se teclea y qué no

En nuestro recorrido, el XML no precargó nada en las pestañas 1 y 2: el edificio y el propietario se escriben a mano, y los datos del técnico vienen de su perfil. Contando el expediente nuevo, el edificio, el propietario y los agentes, son unos 18-20 campos hasta llegar a la pestaña 3.

No pudimos ver la pestaña 3 editable, así que no sabemos si el XML 3.0 rellena algo ahí. Tampoco vimos cómo se carga el XML o el PDF, ni los formatos y tamaños máximos.

Documentos que hay que tener a mano

  • PDF del certificado firmado por el técnico competente.
  • XML 3.0 del informe de evaluación energética, generado por un programa reconocido.
  • Archivos de cálculo del programa (en CE3X, el fichero .cex), si el portal los pide como hueco aparte. No lo confirmamos en el recorrido.
  • Archivo de delegación del propietario y su DNI en PDF, si quien registra no es el propietario.

Tasa y plazos

Estos importes vienen de la web pública del registro (gcee.aven.es), no de la ficha de la sede: vivienda unifamiliar o vivienda individual en bloque, 10,19 €; edificio de viviendas, 20,38 € más 3,06 € por vivienda, con un máximo de 407,60 €; terciario, 10,19 € más 0,10 € por m², con un máximo de 509,50 €. Comprueba el importe vigente en la web antes de cobrar al cliente.

El pago se hace al validar el expediente, dentro del portal. La pestaña de validación pide NIF/CIF y nombre completo de quien paga, para el justificante. No vimos la pasarela de pago.

Los datos abiertos del IVACE cuentan el año de registro por la fecha de pago de la tasa. No hemos localizado en las fuentes un plazo máximo entre la emisión y el registro: consúltalo en la ficha.

La referencia catastral: el error que bloquea el primer paso

El portal pide 20 caracteres y valida los dígitos de control. En el recorrido rechazó con el mensaje de formato no válido la referencia de ejemplo que aparece en la documentación oficial del XML y otra de formato correcto pero con controles inventados. Aceptó una con controles calculados.

Solo admite una referencia por expediente y no se puede modificar después: para cambiarla hay que iniciar un registro nuevo. Si tu edificio tiene varias, decide cuál usas antes de crear el expediente. Cópiala del XML o del recibo del IBI, no la teclees de memoria.

Otros errores que bloquean o provocan requerimientos

  • Dejar sin elegir si el gestor es el propietario: el portal avisa de que no existe el archivo de delegación.
  • Asignar un técnico que no ha entrado nunca al portal con su certificado.
  • Dejar avisos rojos en la pestaña 1 (información del propietario o del edificio incompleta) y esperar poder pasar a la 3.
  • Intentar validar con incidencias abiertas: el botón Validar Expediente no aparece hasta que se resuelven.
  • Aportar un XML que no pasa el visor del CTE. Pruébalo antes en visorxml.codigotecnico.org.

Cambio a XML 3.0

Desde el 30/09/2026 están en vigor los nuevos Documentos Reconocidos (XML 3.0, modelo de certificado v3 y nuevas etiquetas), según el MITECO. El aviso del portal valenciano concreta el calendario: desde el 06/10/2026 se registran certificados con XML 3.0 y los de la versión anterior solo se aceptan hasta un mes desde su emisión, con límite el 29/10/2026, excepto obra terminada.

Los certificados ya registrados mantienen su validez. Si tu programa genera un PDF con el XML incrustado, Baleares ha avisado de que eso puede impedir adjuntarlo en su registro; no es un aviso de la Comunitat Valenciana, pero conviene probar si tu portal lo admite antes de presentar.

Si te equivocas: eliminar el expediente

Mientras el expediente es un borrador, la cabecera tiene el botón Eliminar Expediente. Pide un motivo del borrado: error en la calificación registrada, existencia de otro registro que lo actualiza, actualización voluntaria o error en la referencia catastral. Lo usamos al terminar el recorrido y la búsqueda de expedientes abiertos quedó vacía. Una vez validado y pagado, no tenemos información de cómo se corrige: consulta a soporte.

Lo que aún no está confirmado

  • Cómo se carga el XML y el PDF en la pestaña 3, y si el XML 3.0 precarga algún campo ahí.
  • Los campos que pide la pestaña 3 de Calificación y si exige el fichero .cex del programa.
  • El botón Validar Expediente y la pasarela de pago: no los vimos.
  • Formatos y tamaños máximos de los ficheros, y el tiempo de caducidad de la sesión.
  • El plazo máximo para registrar un certificado después de emitirlo.
  • Si el portal conserva internamente los expedientes eliminados.

Consulta la sede oficial antes de presentar.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta registrar un certificado energético en la Comunitat Valenciana?

Según la web pública del registro (gcee.aven.es): 10,19 € para una vivienda; 20,38 € más 3,06 € por vivienda en un bloque, con máximo de 407,60 €; y en terciario 10,19 € más 0,10 € por m², con máximo de 509,50 €. Se paga al validar el expediente, dentro del portal. Verifica el importe vigente antes de repercutirlo.

¿Puede registrar un certificado alguien que no sea el técnico?

Sí, según la ficha oficial, con la delegación del propietario y su DNI. En el portal, si el gestor no es el propietario, hay que subir un archivo de delegación en la pestaña Agentes. Aun así, el técnico certificador del expediente debe ser un usuario registrado en el portal.

¿Por qué el portal rechaza la referencia catastral?

Porque valida los dos dígitos de control de los 20 caracteres. En nuestro recorrido rechazó la referencia de ejemplo del XML oficial y otra con controles inventados. Copia la del recibo del IBI o del XML real, y recuerda que solo admite una y que no se puede cambiar después sin iniciar otro registro.

¿Hasta cuándo vale un XML de la versión anterior?

Según el aviso del portal, desde el 06/10/2026 se registran certificados con XML 3.0. Los de la versión anterior solo se aceptan hasta un mes desde su emisión, con límite el 29/10/2026, excepto en obra terminada. Después de esa fecha, regenera el XML con la versión actualizada de tu programa.

¿Cuántos campos hay que teclear a mano?

En nuestro recorrido del portal el 26/10/2026, el XML no precargó nada en las pestañas 1 y 2: unos 18-20 campos hasta la pestaña de Calificación, entre expediente nuevo, edificio, propietario y agentes. No pudimos ver si la pestaña 3 rellena datos desde el XML.

¿Se puede borrar un expediente abierto por error?

Sí, mientras es borrador: el botón Eliminar Expediente pide elegir un motivo (por ejemplo, error en la referencia catastral) y lo borra. No sabemos cómo se corrige un expediente ya validado y pagado; para eso escribe a consultas_gcee@ivace.gva.es.

Fuentes

  1. Generalitat Valenciana: ficha oficial del trámite (procedimiento 15830)
  2. IVACE: web pública del registro de certificados (tasas, soporte)
  3. Portal de registro del IVACE (recorrido propio, 26/10/2026)
  4. IVACE: datos abiertos del registro
  5. MITECO: documentos reconocidos para la certificación energética
  6. Visor de XML del Código Técnico
  7. Baleares: nuevos documentos reconocidos (aviso sobre el PDF con XML incrustado)

Datos contrastados con las fuentes el 26 de octubre de 2026. Si ves algo desactualizado, escríbeme y lo corrijo.

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