Para técnicos certificadores

Cómo registrar el certificado energético, comunidad por comunidad

Cada comunidad tiene su registro, su acceso, su tasa y sus errores típicos. Estas guías recogen, con la fuente oficial de cada dato, lo que necesitas para presentar sin requerimientos, y lo que cambió con el XML 3.0.

Por Saúl Del Rosario · Revisada el 26 de octubre de 2026

Las diez comunidades con más certificados

Ordenadas por los certificados registrados en 2025 según los datos abiertos de cada registro (recuento propio del 26/10/2026). Donde no hay un fichero contable verificable, se dice.

Andalucía

Cómo registrar un certificado energético en Andalucía: Anexo IA, Anexo II, tasa por modelo 046, requerimiento de 10 días hábiles y paso al XML 3.0.

Certificados 2025: ~170.000

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Cataluña

Cómo registrar un certificado energético en Cataluña: formulario HTML del ICAEN, tasa por tipología, enmiendas, duplicado, errores de adjuntos y XML 3.0.

Certificados 2025: ~159.000

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Madrid

Cómo registrar un certificado energético en la Comunidad de Madrid: qué precarga el XML, qué se teclea, campos obligatorios, errores de notificación y XML 3.0.

Certificados 2025: ~111.000

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Comunitat Valenciana

Cómo se registra un certificado energético en el portal del IVACE: alta previa, pestañas, referencia catastral con control, XML 3.0, tasa de 10,19 € y errores.

Certificados 2025: ~110.000

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Canarias

Registro del certificado energético en Canarias: trámite 3137 de la sede, sin tasa, acreditación previa en el MITECO y dos PDF. Y lo que no está claro.

Certificados 2025: ~52.000

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Castilla-La Mancha

Registro de certificados energéticos en Castilla-La Mancha: qué dice la Orden de 2014 sobre plazo, representación y subsanación, y qué debes confirmar en la sede.

Certificados 2025: ~39.000

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Galicia

Cómo inscribir un certificado energético en Galicia: trámite IN413D del INEGA, solo electrónico, plazo de un mes, documentos del Anexo I y deducción de IRPF.

Certificados 2025: Sin cifra verificada

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Castilla y León

Registro de certificados energéticos en Castilla y León: CEREN 2.0 desde el 07/04/2026, Decreto 5/2026, plazo de 3 meses, tasa 308.4 y silencio estimatorio.

Certificados 2025: Sin cifra verificada

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Región de Murcia

Procedimiento 411 de la Región de Murcia: formulario propio, XML 3.0 desde 30/09/2026, errores de la FAQ oficial, tasa T610, APODER@ y silencio positivo.

Certificados 2025: Sin cifra verificada

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País Vasco

Registrar certificados energéticos en el País Vasco: teletramitación, solicitud en 2 meses, subsanación en 10 días, acuse sin valor de inscripción y duplicados.

Certificados 2025: ~16.600

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Comparativa rápida

ComunidadCertificados 2025Tasa (edificio existente)Acceso
Andalucía~170.00014,40 € / 55,21 € según la ley de 2022; confirma el vigente en el modelo 046Firma electrónica avanzada o DNIe; Anexo II si presenta el técnico
Cataluña~159.00012,60 € vivienda (calificación A exenta, B al 50 %)Firma electrónica de persona física, en Tràmits Gencat
Madrid~111.000Sin tasa en edificios existentesCertificado digital, DNIe o Cl@ve
Comunitat Valenciana~110.00010,19 € vivienda, al validar (web del registro)Certificado digital o DNIe, con alta previa de usuario
Canarias~52.000Sin tasaSede electrónica (trámite 3137); acreditación previa en el MITECO
Castilla-La Mancha~39.000Existe; importe sin confirmarTelemática obligatoria si presenta el técnico (norma de 2014)
GaliciaSin cifra verificadaConsulta la sedeDNIe, certificado reconocido o Chave365
Castilla y LeónSin cifra verificadaTasa 308.4; consulta el importeSolo online, en CEREN 2.0
Región de MurciaSin cifra verificadaTasa T610; importe en el simulador de la sedeDNIe, certificado o Cl@ve; APODER@ si presenta el técnico
País Vasco~16.600No consta en la web oficialTeletramitación con identificación electrónica

Es un resumen: el detalle, la fuente y lo no confirmado de cada dato están en la guía de cada comunidad. Las tasas cambian: compruébalas en la sede antes de pagar.

Lo que cambió con el XML 3.0

El 30 de septiembre de 2026 entraron en vigor los nuevos Documentos Reconocidos del MITECO: XML versión 3.0, modelo de certificado versión 3 y tres etiquetas nuevas. Desde esa fecha los registros solo admiten certificados hechos con la última versión de CE3X, HULC, CYPETHERM HE Plus, SG SAVE, TeKton3D o CERMA. Los certificados registrados antes mantienen su validez.

  • Valida el XML antes de presentar en el visor de XML del Código Técnico.
  • Baleares ha avisado de que los PDF nuevos pueden llevar el XML incrustado y que eso puede impedir adjuntarlos al trámite; comprueba si tu registro lo admite.
  • Si tu programa no está en la última versión, el registro puede rechazar el certificado: actualiza antes de emitir.

Fuente: MITECO, Documentos Reconocidos.

¿Registras muchos certificados? Estoy preparando un robot

Preparo un servicio que lee el XML y rellena el registro en tu propio PC, con tu certificado digital, y te deja el justificante. Todavía no está terminado: se prepara primero para la Comunitat Valenciana y Madrid, después Andalucía, y el soporte del XML 3.0 está en preparación. El resto de comunidades no están soportadas hoy. Si te apuntas e indicas tu comunidad, me ayudas a decidir el orden.

Preguntas frecuentes

¿Dónde se registra un certificado energético?

En el registro de la comunidad autónoma donde está el edificio, no en un registro nacional. Cada comunidad tiene su sede, su formulario y sus plazos. Las guías de esta página enlazan el trámite oficial de cada una.

¿Qué cambió el 30 de septiembre de 2026?

Entraron en vigor los nuevos Documentos Reconocidos: XML versión 3.0, modelo de certificado versión 3 y nuevas etiquetas. Según el MITECO, desde esa fecha los registros solo admiten certificados hechos con la última versión de cada programa. Los ya registrados mantienen su validez.

¿Hay que teclear los datos del certificado en el registro?

En los registros que hemos podido revisar, el XML precarga poco o nada y buena parte del formulario se teclea. En Madrid, por ejemplo, el XML solo precargó la referencia catastral y el NIF y nombre del técnico en el recorrido que hicimos del portal.

¿Puede presentarlo el técnico en nombre del propietario?

Normalmente sí, con la autorización o representación del propietario, pero cada comunidad lo pide de una forma distinta (Anexo II en Andalucía, formulario de representación en Cataluña, APODER@ en Murcia). Está explicado en cada guía.

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