Guía de registro CEE · Región de Murcia

Registro de certificados energéticos en la Región de Murcia: procedimiento 411 y errores de la FAQ

Por Saúl Del Rosario · Revisada el 26 de octubre de 2026

Murcia es la comunidad con la documentación oficial más completa que hemos encontrado: ficha del procedimiento 411, formulario propio y una FAQ de 20 páginas actualizada el 14/07/2025 que lista los errores que provocan requerimientos. Desde el 30/09/2026 el XML debe ser versión 3.0. Aquí tienes el recorrido entero.

Datos clave

Procedimiento
411, Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios (sede.carm.es)[1]
Cauce válido
Solo el formulario telemático propio; otros registros electrónicos no se consideran[2]
Identificación
DNIe, certificado digital o Cl@ve[2]
XML
Versión 3.0 obligatoria desde el 30/09/2026; la 2.0 solo vale para certificados emitidos hasta el 29/09/2026[1]
Resolución
3 meses, con silencio positivo[1]
Vigencia
10 años; letra G, 5 años[2]
Tasa
T610, pagada con tarjeta dentro de la solicitud; importe no publicado en la ficha, consulta el simulador de la sede[1]
Soporte
968 362 005 y mui@carm.es; 012 / 968 362 000[2]

De dónde depende y por dónde entras

El registro depende de la Dirección General de Industria, Energía y Minas. Según la FAQ oficial (apartado 2.3, que cita el Decreto 302/2011), el formulario telemático del procedimiento 411 es el único cauce electrónico válido: si presentas por otro registro electrónico, la solicitud no se considera. Presentar en un ayuntamiento tampoco inscribe: queda sujeta a revisión y requerimiento.

Se entra con DNIe, certificado digital o Cl@ve. Las personas jurídicas y los obligados por la Ley 39/2015 deben ir por vía electrónica. También hay presentación presencial en las oficinas de Información y Tramitación Especializada de Murcia, Cartagena y Caravaca, con cita previa en el 012 o en el 968 362 000.

Si presentas tú en nombre del cliente: APODER@

Cuando presenta el técnico en representación del propietario, hace falta apoderamiento mediante APODER@ (procedimiento 9943) en la vía telemática; en la presencial, un otorgamiento firmado ante funcionario. La FAQ (apartado 1.5) responde expresamente al técnico con clientes sin firma digital: o usa APODER@ o presenta en persona. Los poderes notariales se aceptan con copia simple o consulta de subsistencia.

La FAQ no exige una autorización del propietario como documento aparte, pero sí el apoderamiento cuando actúa un representante. Una representación sin APODER@ es uno de los errores que figuran en la lista oficial.

Pasos

  • Emite el certificado con un programa reconocido.
  • Valida el XML en el visor del CTE. Si lo conviertes a PDF, sigue siendo válido, según la FAQ.
  • Firma digitalmente el PDF como técnico.
  • Entra en el formulario 411, rellénalo y adjunta el PDF y el XML (y documentación adicional si procede).
  • Paga la tasa con tarjeta dentro de la solicitud.
  • Guarda el justificante.

Documentos y formatos

El certificado va en PDF firmado por el técnico (digital en telemático, manuscrita en presencial), junto con el XML generado por el programa reconocido. Solo se admite una referencia catastral en el XML.

Un certificado ya inscrito no se puede modificar: según la FAQ (apartado 5.1), hay que emitir y registrar uno nuevo. Si el sistema avisa de que ya existe un certificado con la misma referencia catastral y mejor calificación, es solo un aviso: la inscripción puede ser correcta, por ejemplo con locales de un centro comercial.

Errores que provocan requerimientos (FAQ 2.6 y 2.7)

La FAQ oficial enumera estos fallos. Revisarlos antes de enviar es lo más rentable de todo el trámite.

  • XML que no pasa el visor del CTE.
  • Mezclar punto y coma como separador decimal.
  • Alterar la provincia o la ciudad predefinidas (por ejemplo, escribir mal "Murcia").
  • NIF o CIF con puntos, guiones o espacios. Correcto: A30123451 o 74279157J. El teléfono, sin espacios ni guiones.
  • Rellenar "titulación habilitante" con más datos que la titulación: nada de número de colegiado ni másteres.
  • Año de construcción como rango o "aprox." en lugar de un año.
  • Promotor extranjero sin NIE o NIF: el pasaporte no vale (FAQ 3.1).
  • Varios edificios en una parcela o una referencia catastral: se hace un certificado por edificio. En una agrupación de fincas con dos referencias, elige una (FAQ 4).
  • Representación sin APODER@.

Tasa T610 y qué hacer si se cuelga el pago

La ficha cataloga la tasa como T610 (ordenación de actividades e instalaciones industriales-energéticas), concepto H00010. El importe no figura en la ficha: se calcula con el simulador de la sede, que no hemos podido consultar. No te damos cifra; consulta el simulador.

El pago online es con tarjeta de crédito o débito dentro de la solicitud. En presencial se usa carta de pago o la Pasarela de Pago. Si el sistema se cuelga tras pagar, no repitas el pago: según la FAQ, recupera el justificante en la Carpeta Ciudadana (con certificado) o escribe a mui@carm.es con una captura.

Cambio a XML 3.0

La ficha del procedimiento 411 indica que el XML versión 3.0 es obligatorio desde el 30/09/2026. La versión 2.0 solo es válida para certificados emitidos hasta el 29/09/2026. El periodo transitorio, por tanto, depende de la fecha de emisión, no de la de presentación: un certificado emitido el 29/09 con XML 2.0 sigue siendo registrable, pero uno emitido el 30/09 necesita 3.0.

La ficha cita una Resolución de 25 de marzo de 2026 que no hemos leído. Entre tanto, el visor del CTE valida la estructura antes de que lo haga el registro. Si usas un PDF nuevo con XML incrustado, comprueba que el formulario lo admite: Baleares, por ejemplo, ha avisado de que en su registro puede impedir adjuntarlo, y la solución manual es imprimir a PDF y volver a firmar. Murcia no ha publicado un aviso equivalente.

Plazos, vigencia y consulta pública

La presentación está abierta todo el año y la tramitación es inmediata; la resolución tiene un máximo de 3 meses, con silencio positivo y recurso de alzada ante el Consejero. La vigencia es de 10 años, y de 5 para la letra G. La ficha y la FAQ no fijan un plazo máximo entre emisión y registro. Recuerda que el artículo 6.6 del RD 390/2021 (citado en la FAQ 10.2) dice que sin registro el certificado no tiene validez legal.

Los expedientes desde el 01/01/2020 se consultan en mui.carm.es, pestaña "Registro certificados energéticos", con descarga del XML asociado. La FAQ de julio de 2025 no exige que el técnico se registre en Murcia ni indicar el número de colegiado, y avisa de que se prevén cambios a nivel nacional.

Lo que aún no está confirmado

  • Importe de la tasa T610 y la norma que lo fija: el simulador de la sede no pudimos consultarlo.
  • Texto de la Resolución de 25 de marzo de 2026 que cita la ficha para el XML 3.0.
  • Plazo máximo entre la emisión y el registro: ni la ficha ni la FAQ lo fijan.
  • Cómo aplica Murcia la declaración responsable de técnicos del RD 659/2025 desde el 23/07/2026.
  • Si el formulario admite un PDF con XML incrustado.
  • Sanciones por no registrar.

Consulta la sede oficial antes de presentar.

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar el certificado en Murcia por otro registro electrónico?

No. Según la FAQ oficial (apartado 2.3), el formulario telemático del procedimiento 411 es el único cauce electrónico válido, y las solicitudes presentadas por otro registro electrónico no se consideran. Presentar en un ayuntamiento tampoco inscribe.

¿Qué XML acepta Murcia desde el 30/09/2026?

XML versión 3.0, según la ficha del procedimiento 411. La versión 2.0 solo vale para certificados emitidos hasta el 29/09/2026. Valida el archivo en el visor del CTE antes de subirlo.

¿Cómo presento si mi cliente no tiene firma digital?

La FAQ oficial (apartado 1.5) da dos opciones: un apoderamiento por APODER@ (procedimiento 9943) para presentar tú en telemático, o presentar en persona en las oficinas de Murcia, Cartagena o Caravaca con cita previa.

¿Qué hago si el sistema se cuelga después de pagar la tasa?

No repitas el pago. La FAQ indica recuperar el justificante en la Carpeta Ciudadana (con certificado) o escribir a mui@carm.es adjuntando una captura. La tasa es la T610, con tarjeta dentro de la solicitud.

¿Qué errores de datos rechaza Murcia con más frecuencia?

La FAQ lista, entre otros, NIF con puntos o guiones, mezcla de punto y coma decimal, año de construcción como rango, titulación con número de colegiado, promotor extranjero con pasaporte sin NIE y varias referencias catastrales en el XML.

¿Cuánto tarda en resolverse y qué pasa si no contestan?

La tramitación es inmediata y la resolución tiene un máximo de 3 meses. Pasado ese plazo rige el silencio positivo, según la ficha. La vigencia del certificado es de 10 años, o 5 si la letra es G.

Fuentes

  1. Sede CARM: ficha del procedimiento 411, Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios
  2. Sede CARM: FAQ oficial del procedimiento 411 (actualizada 14/07/2025)
  3. Sede CARM: formulario telemático AU411B
  4. Simulador de la carta de pago del procedimiento 411
  5. Visor de XML del Código Técnico
  6. MITECO: Documentos Reconocidos
  7. Gobierno de las Islas Baleares: aviso sobre los nuevos Documentos Reconocidos (PDF con XML incrustado)

Datos contrastados con las fuentes el 26 de octubre de 2026. Si ves algo desactualizado, escríbeme y lo corrijo.

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